Bajo la coordinación de inspectores de la Delegación de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) en Oaxaca, la semana pasada se realizó un operativo en las playas de Huatulco, el cual contó con el apoyo de diversas instancias federales, entre ellas, la AFI, CONAGUA, PFP, PGR, SEMARNAT y SEMAR, cuya finalidad fue verificar el aprovechamiento, uso y/o explotación de la Zona Federal Marítimo Terrestre (ZOFEMAT).
Cada una de estas instituciones intervino en este evento constriñéndose al ámbito de sus respectivas competencias, y verificaron que la ocupación de la ZOFEMAT por parte del comercio informal que ofrece diversos servicios turísticos y venta de alimentos en instalaciones semifijas, se dé en cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas en la materia.
Como resultado de este operativo, el personal de la PROFEPA llevó a cabo cuatro visitas de inspección; tres en materia de ZOFEMAT a otras tantas personas físicas, y la cuarta en impacto ambiental a la asociación denominada Comerciantes y Prestadores de Servicios de Playa El Arrocito, A.C.
El personal actuante levantó cuatro actas administrativas porque encontró hechos y omisiones constitutivos de posibles infracciones en virtud de que los comerciantes que ocupando la ZOFEMAT, lo hacían sin contar con los títulos de concesión, permiso o autorización que previamente debieron haber tramitado ante la SEMARNAT, al igual que el cambio de uso del suelo en áreas forestales y ecosistemas costeros.
Cabe señalar que el comercio ambulante y las instalaciones semifijas se han incrementado en la ZOFEMAT inspeccionada y, con ellas, la generación de residuos sólidos urbanos, con lo que se ha venido provocando contaminación y fragmentación del hábitat de la flora y refugios de vida silvestre existentes en el ecosistema costero, lo que, además, incide en afectación a los intereses patrimoniales de la Nación, mismos que la PROFEPA está obligada a salvaguardar.
Igualmente, es de aclararse que no se ha emitido ninguna medida correctiva o de urgente aplicación en los tres casos de la ZOFEMAT por violaciones a la Ley General de Bienes Nacionales y el Reglamento para el uso y aprovechamiento del mar territorial, vías navegables, playas, zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar, porque la legislación aplicable no las prevé. Y en el caso de impacto ambiental, una vez que se emita el emplazamiento al infractor, se determinará la procedencia de dichas medidas.
Mientras, está transcurriendo el término de 5 días hábiles posteriores a la visita para que los visitados presenten sus argumentos y pruebas con relación a los hechos y omisiones observados durante la diligencia de inspección. Una vez transcurrido este plazo, se emitirán los acuerdos de emplazamiento respectivos.
Cabe mencionar que la CONAGUA está gestionando la certificación ambiental como playa limpia de El Arrocito. Su propósito central es proteger la salud de los visitantes, mejorar la calidad ambiental y ofrecer un atractivo de calidad al turismo nacional y extranjero.



