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TFPJ reconoce como edil de Temaxcaltepec a Aquilino Loaeza

*La Sala Regional del Tribunal Federal con sede  en Jalapa Veracruz, reconoce como Presidente Municipal de Santa María Temaxcaltepec al Profesor Aquilino Loaeza Juárez. *Fredy Gil Pineda Gopar, amenaza con impedir la toma  de posesión del presidente municipal indígena  de Santa María Temaxcaltepec, Juquila, por medio de la violencia.
 
*Secretaria  General de Gobierno y Secretaria de Seguridad Publica, se niega a brindar protección, para el resguardo de la toma de posesión del presidente municipal de Santa María Temaxcaltepec, Juquila Oaxaca.
 
Con fecha 10 de Noviembre  de 2013, en el municipio de  Santa María Temaxcaltepec, Juquila Oaxaca, se llevó a cabo una Asamblea General para nombrar  a las autoridades  que fungirían para el periodo del 2014-2016, en donde salieron electos como autoridades municipales los  C. Aquilino Loaeza Juárez, Síndico municipal Sergio Reyes Rojas; Regidor  de hacienda Ubaldo Torres Cortes; Regidor  de Obras Lorenzo Cruz Cortes; Regidor  de Educación Domingo Ramírez Cruz.
 
Con fecha primero de Diciembre  de 2013, y mediante acuerdo CG-IEEPCO-SIN-86/2013 el Instituto  Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, aprobó de legal la elección celebrada  el 10 de Noviembre de 2013 en el municipio de Santa María  Temaxcaltepec, Juquila Oaxaca, expidiendo la constancia de mayoría respectiva.
 
Con fecha primero de diciembre  de 2013, el Presidente  municipal de Santa María Temaxcaltepec, Juquila Oaxaca, efectúa una jornada  electoral  por medio de elección por urnas, avalada  por el instituto  estatal electoral  y de participación ciudadana  de Oaxaca, violentando la elección bajo el régimen de sistemas normativos internos, en dicha jornada participan dos planillas, saliendo electa la planilla morada conformada por: Presidente, Ponciano Torres, Sindico Lorenzo Ramírez Rural, Regidor  de Hacienda Ubaldo Torres Cortez, Regidor de Obras Tomas Cortes Cortes, Regidor  de Educación Gregorio Ramírez Cortes, Regidor de Salud Jorge Salinas. Esta elección  se  efectúo por incidencia  de la Secretaria General del Gobierno del Estado  de Oaxaca, en protección y apoyo al grupo político del priista Freddy Gil Pineda Gopar.
 
Con fecha 30 de diciembre  de 2013, en el expediente JN1/79/2013, el Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial de Oaxaca, revoca el acuerdo CG-IEEPCO-SNI-86/2013 de  diecinueve  de diciembre de 2013, mediante el cual el Consejo General de Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana  de Oaxaca, declara la validez de la elección de concejales  del ayuntamiento de Santa María  Temaxcaltepec, Juquila Oaxaca; celebrada  el diez de noviembre de 2013, en el cual fue  electo el profesor Aquilino Loaeza Juárez como presidente municipal. Y califica como legalmente  válida  la elección de concejales  al ayuntamiento en referencia  celebrada  el primero de diciembre  de 2013, en el municipio de Santa María Temaxcaltepec, Juquila Oaxaca, en el cual fue electo ilegalmente el señor  Ponciano Torres en el cual violenta el Régimen de Sistemas Normativos Internos y por medio de elección por urnas, mismo que fue preparado y auspiciado por la Secretaria  General de Gobierno para proteger los intereses  del grupo priista  de Fredy Gil Pineda Gopar.
 
Con fecha seis de febrero de 2014, la sala regional del Tribunal Regional Electoral  con sede  en Jalapa  Veracruz, resuelve revocar la sentencia de fecha treinta de diciembre de 2013, emitida por el Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial de Oaxaca  en el expediente JNI/79/2013, mediante la cual revoco el acuerdo CG-IEEPCO-SIN-86/2013 emitido por el concejo general del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana  de Oaxaca, con la cual se ordena  al Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana  de Oaxaca, que de manera inmediata expida la constancia  de mayoría  que corresponda a la planilla  encabezada por el profesor Aquilino Loaeza Juárez, quien fue electo en asamblea general de Santa María Temaxcaltepec, por el régimen de sistemas normativos internos y ordena  también dar vista al Congreso  del Estado de Oaxaca y al Secretario General de Gobierno para los efectos jurídicos que correspondan.
 
La Sala Regional de Jalapa Veracruz concluyo  que una vez analizado el caso llego a la convicción de que le asiste la razón al actor  aquilino Loaeza Juárez, cuando afirma una indebida valoración de pruebas, pues de las mismas  se tienen mayores elementos que permiten decantarse por la conclusión de que si se llevó a cabo la asamblea general y que  el Presidente Municipal y Consejo de Principales  de manera injustificada decidieron abandonar  la misma pero que al ya estar integrada la mesa  de debates la posible participación de los ausentes ya no era como autoridad  sino como de cualquier otro ciudadano por lo que su ausencia no valida  el acto celebrado y que  existen mayores elementos a sostener que Aquilino Loaeza Juárez obtuvo la mayoría  de votos y no está probada una participación de gente ajena  al municipio ni de menores  de  edad  y no debe perderse  de vista que correspondió a la autoridad municipal  difundir  la convocatoria por escrito y por alta voz y que la segunda elección y por lo antes mencionado se tiene que, al existir una primera asamblea valida,  no estaba justificada  llevar  a cabo una segunda  elección.
 
Con fecha 19 de Febrero de 2014, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, deja firme la sentencia dictada por la sala  Regional Tribunal Electoral del Poder Judicial con sede  en Jalapa Veracruz y desecha de plano la demanda por Ponciano Torres.
 
La toma de posesión del Presidente Municipal  Aquilino Loaeza  Juárez  y demás integrantes  de su cabildo  se ha retrasado ya que  la Secretaria General de Gobierno y la Secretaria  de Seguridad Publica, se niegan a brindar protección en la toma de posesión, por medio de la Policía Estatal, ya que  existe  la amenaza  de ser agredidos  por un grupo paramilitar  del diputado priista Fredy Gil Pineda  Gopar  que quiere  impedir de la manera violenta que  las autoridades electas en asamblea general tomen posesión, ya que  en diversas  ocasiones ha generado violencia  en la región chatina.
 
 
Por lo cual el Centro de Derechos Humanos y Asesoría  a Pueblos Indígenas  y los integrantes del cabildo municipal de Santa María Temaxcaltepec nos pronunciamos  por lo siguiente:
 
Respeto a la resolución dictada por la Sala Regional del Tribunal Federal Electoral con sede  en Jalapa, Veracruz y que no se obstaculice el desarrollo del mandato del cabildo municipal electo de Santa María Temaxcaltepec, Juquila, Oaxaca; por medio de los grupos paramilitares y violentos operador por el diputado priista Fredy Gil Pineda Gopar.
Que la Secretaria  General de Gobierno y la Secretaria de Seguridad Publica, brinden el acompañamiento de  la Policía Estatal para la toma  de posesión del Presidente Municipal Aquilino Loaeza Juárez, de no ser así responsabilizamos desde  este momento de cualquier agresión que sufran las autoridades  de Santa María Temaxcaltepec, al Secretario General de Gobierno y al Secretario de Seguridad Pública así como al diputado priista Fredy Gil Pineda Gopar.
 
Respetuosamente
 
Aquilino Loaeza Juárez
Presidente Municipal de Santa María  Temaxcaltepec.
 
Maurilio Santiago reyes
Presidente  del Centro de Derechos Humanos
y Asesoría  a Pueblos Indígenas a.c.
 

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