
Gonzalo de Jesús Jaime Morelos, encargado del Despacho de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, informó que el reparto de utilidades es un derecho constitucional para todas y todos los trabajadores que tengan una relación de subordinación con un patrón, que puede ser una persona física o moral.
Por: Idolina Herrera López
Señaló que quienes tengan dudas y crean que se están violando sus derechos como trabajadores puedan acercarse a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y a la Procuraduría Federal para la Defensa del Trabajo para que les proporcionen la información y la asesoría necesaria.
“El patrón está obligado a otorgar al trabajador todo un procedimiento como una copia de la declaración que hizo ante Hacienda, la declaración fiscal, en donde determinó o no que tuvo utilidades”.
Para posteriormente pasará a la formación o integración de una comisión mixta de reparto de utilidades como su nombre lo indica que está integrada por representantes del patrón y representantes de los trabajadores y juntos realicen el cálculo en la utilidad que le va a corresponder a cada trabajador.
Para mayores informes las y los trabajadores deben de acudir a las oficinas de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y a la Procuraduría Federal para la Defensa del Trabajo, concluyó el funcionario.



