Política

Autoridades municipales no podrán endeudar a administraciones siguientes: Congreso Local

*Esquemas de financiamiento para obras y acciones que atiendan alto rezago social. *Establece límites para que cada ayuntamiento salde en su total los recursos comprometidos.

 

El Poder Legislativo autorizó a los 570 Ayuntamientos de Oaxaca, la contratación de esquemas de financiamiento para obras y acciones que impacten en la población con alto rezago social, pero con el fin de evitar endeudamientos irresponsables o que hereden deuda a las administraciones siguientes, puso límites y condiciones muy estrictas.

 

Para la aprobación de este dictamen, la Comisión de Hacienda del Congreso Local, analizó previamente la capacidad de pago de los municipios y el destino que se dará al financiamiento, cuya fuente de pago afectada será la que corresponde al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FAIS).

 

También, se aprobaron “candados” para evitar el mal uso de recursos, entre ellos, que cada Ayuntamiento salde en su totalidad los recursos comprometidos, dentro del periodo constitucional de la administración municipal que lo contrate.

 

Además, que la afectación a la fuente de pago, incluyendo el pago de capital, intereses, comisiones y accesorios, no sea mayor al 25 por ciento del derecho que tienen a recibir del recurso correspondiente al FAIS.

 

Los municipios, deberán usar el financiamiento contratado para obras, acciones sociales básicas de impacto directo a la población en extrema pobreza y localidades en rezago social en los rubros de: agua potable, alcantarillado, drenaje, urbanización, electrificación rural e infraestructura básica del sector salud y educativo.

 

En el dictamen aprobado por los y las diputadas, se establece la responsabilidad de los ayuntamientos de prever anualmente en sus Presupuestos de Egresos, el importe que permita realizar el pago del servicio de la deuda pública  en cada ejercicio fiscal, hasta la total liquidación.

 

La contratación deberá hacerse por conducto de funcionarios legalmente facultados.

 

En el Artículo Segundo del Decreto, se autoriza a los municipios para que gestionen y contraten, bajo las mejores condiciones de mercado, con cualquier Institución de Crédito del Sistema Financiero Mexicano, uno o varios financiamientos, a tasa fija, un monto total de cuatro mil 337 millones 574 mil 201 pesos.

 

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